Presenta SAT esquema de Retorno de Inversiones

Presenta SAT esquema de Retorno de Inversiones

 

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• Tiene como propósito fomentar el ahorro doméstico, fortalecer la economía del país, y las personas que se apeguen a él generarán ganancias con su inversión.

• Ofrece beneficios como acreditar el impuesto pagado en el extranjero, no pagar multas, recargos y actualización, evitar sanciones y ponerse al corriente con las obligaciones fiscales.

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó el programa de Retorno de Inversiones, para promover el regreso al país de inversiones mantenidas en el extranjero por residentes en México, el cual contribuye a fomentar el ahorro doméstico, fortalecer la economía del país y permite generar ganancias a las personas que se apeguen a este esquema.

 

En conferencia de prensa, Lizandro Núñez Picazo, Administrador General de Recaudación del SAT, explicó que el retorno se implementa en el marco de los tratados internacionales de intercambio de información, en virtud de los cuales el SAT tiene acceso a la información de los mexicanos con cuentas en el extranjero.

 

El Retorno de Inversiones, explicó, ofrece beneficios como acreditar el impuesto pagado en el extranjero, no pagar multas, recargos y actualización, evitar sanciones y ponerse al corriente con las obligaciones fiscales, además permite invertir el capital por tres años en activos fijos para hacerlo productivo.

 

Posteriormente, ante contadores públicos y especialistas fiscales, Lizandro Núñez detalló que aplica para personas físicas y personas morales residentes en México y en el extranjero con establecimiento permanente en país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas, mantenidas en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2014.

 

“El esquema va dirigido a aquellos mexicanos que tienen inversiones en el extranjero que no las han reportado en México, porque el hecho de tener una inversión en el extranjero no conlleva ninguna infracción, no omite nada quien tiene una inversión en el extranjero, la omisión consiste en no declarar los rendimientos correspondientes o no declarar o no haber pagado los impuestos por esa inversión que en su momento se llevó al extranjero”, indicó.

 

El programa estará vigente hasta el 30 de junio de 2016, los contribuyentes que deseen apegarse a esta facilidad deben cumplir con los requisitos necesarios, pagar el impuesto correspondiente a los 15 días siguientes al retorno de la inversión y presentar, a través del Buzón Tributario, el aviso del destino de los recursos repatriados, lo cual pueden hacer hasta el 31 de diciembre.

 

Por su parte, Rosa María Cruz Lesbros, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de México, señaló que para este organismo es muy importante conocer estas nuevas disposiciones que pueden generar efectos positivos para la economía del país; además, al tener precisión sobre estos esquemas permiten que el gremio coadyuve a que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales.

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