SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y sus anexos 1, 1-A y 9.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.
– Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025 Y ANEXOS
1, 1-A Y 9
El Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de
la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria, resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 2.1.24., primer párrafo, fracción I, y cuarto párrafo, fracción I; 2.1.36.,
primer párrafo, fracciones I y II; 2.4.10., primer párrafo; 2.8.1.6., primer párrafo; 2.8.3.5., primer párrafo;
2.8.5.2., primer párrafo, fracción I; 2.9.3., primer párrafo, fracción II; 2.12.5., primer párrafo; 2.14.14., primer
párrafo, fracción III, inciso e), segundo párrafo de dicho inciso, y tercer párrafo; 3.16.11.; 4.5.1., cuarto y sexto
párrafos y 9.22., se adiciona la regla 2.8.3.7. y se deroga la regla 4.5.1., quinto párrafo de la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2025, para quedar de la siguiente manera:
“Procedimiento que debe observarse para hacer público el resultado de la opinión del
cumplimiento de obligaciones fiscales
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