Se publica por INFONAVIT la autorización para el uso de la FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (D.O. 09-05-19)

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS

TRABAJADORES

ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se autoriza el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en sus actuaciones como Organismo Fiscal Autónomo.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Con fundamento en los artículos 16, fracción XIX y 29 Ter y 29 Quáter, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y en el Convenio de Colaboración para establecer mecanismos conjuntos de coordinación para instrumentar el uso de certificados de la Firma Electrónica Avanzada, celebrado entre el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Servicio de Administración Tributaria el 8 de marzo de 2017, el Consejo de Administración del Infonavit mediante resolución RCA-6799-10/18, tomada en su sesión ordinaria número 811, del 31 de octubre de 2018, aprobó el Acuerdo por el que se autoriza el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria en su carácter de Organismo Fiscal Autónomo. Asimismo, instruyó a la Administración para que proceda a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA, CUYO CERTIFICADO DIGITAL SEA EMITIDO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN SUS ACTUACIONES COMO ORGANISMO FISCAL AUTÓNOMO

6. sexta modificacion (30-01-19)

1 comentario a Se publica por INFONAVIT la autorización para el uso de la FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (D.O. 09-05-19)

  • Paula Molina  dice:

    omision por parte del contador de informar sobre vinculos con el dictaminado, sea corredor activo de bolsa, este relacionado laboralmente con cualquier autoridad fiscal, e El CPA debe capacitarse respecto del cumplimiento de las obligaciones patronales frente el IMSS e Infonavit como la inscripcion de los trabajadores al Infonavit y los demas deberes generados por su afiliacion. Esto con la finalidad de mantener en todo momento, calidad profesional, conocimientos tecnico-administrativos y experiencia para el desarrollo de sus actividades como dictaminador autorizado.

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