Se publica la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2023 y varios Anexos (25-04-23)

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexos 1, 1-A, 3, 9, 14, 15 y 23.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023 Y ANEXOS 1, 1-A, 3, 9, 14, 15 y 23.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO. Se reforman el Glosario, fracción II, numeral 42 y las reglas 1.4., segundo y tercer párrafos; 2.1.37., párrafos primero, fracción I y segundo; 2.2.23., primer párrafo; 2.4.4., segundo y tercer párrafos; 2.4.15.; 2.7.1.48., primer párrafo; 2.7.2.1., segundo párrafo, numerales 7, 8, 12 y 13; 2.7.2.3., primer párrafo; 2.7.2.4.; 2.7.2.6., segundo párrafo; 2.7.4.2., segundo párrafo, incisos I) y r); 2.7.4.7., primer párrafo; 2.7.4.8.; 2.7.7.1.2., epígrafe; 2.7.7.1.3., segundo párrafo; 2.7.7.2.8., primer párrafo; 2.7.7.3.4., primer párrafo; 2.8.1.6., primer párrafo, fracción II, inciso d); 2.14.6., primer párrafo, fracciones VIII y XI; 2.14.14., sexto párrafo; 3.3.1.11., tercer párrafo; 3.3.1.20., tercer párrafo; 3.3.1.43., segundo párrafo; 3.3.1.44., segundo párrafo; 3.8.1., tercer y cuarto párrafos; 3.8.2., tercer y cuarto párrafos; 3.13.15.; 3.16.11.; 5.2.6., fracción II, inciso c), numeral 2, romano i) e inciso i) y, 13.1.; se adicionan las reglas 1.6., segundo párrafo, fracción IV; 2.1.37., segundo párrafo, fracciones I a IV; 2.7.2.6., sexto párrafo; 2.7.2.8., fracción XXIV y, 2.12.11., tercer y cuarto párrafos; y se derogan las reglas 2.7.2.1., segundo párrafo, numerales 10 y 15; 2.7.4.2., segundo párrafo, incisos m) y t); 2.12.11., segundo párrafo y, 3.13.14., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, para quedar de la siguiente manera:

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